EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1°: Declárase de Utilidad Pública para los propietarios
------------ y/o poseedores a título de dueño de los inmuebles
beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red de Agua
Corriente por el istema Costo Cubierto en la calle Rivera 500 -
ambas veredas - cuadra incompleta - entre Lobería y Larrea de
nuestra ciudad.-
Artículo 2°: El costo total de la obra a que se refiere el artí--
------------ culo anterior será abonado en su totalidad por Jupa
Tandil S.A. , representada por el Señor Bertolín, Juan Carlos.-
Artículo 3°: La modalidad de ejecución será por el sistema de Co-
------------ sto Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una
vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los in-
muebles afectados a la obra.
Artículo 4°: El pago de la obra podrá efectuarse al contado o a
------------ plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el
artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y la Ordenanza N° 6361/94.
Artículo 5°: Una vez producida la RECEPCIàN PROVISORIA de OBRA, -
------------ procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Fi-
nanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los
inmuebles pertinentes.
Artículo 6°: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al -
------------- Departamento Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
TANDIL A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL SEIS.-
Registrada bajo el N° 10048.-
Asunto N°: 202/06.- Exp. 640/06.-