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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE

                        ORDENANZA

Artículo 1°: Declárase de Utilidad Pública  para los propietarios  
------------ y/o poseedores  a título de dueño de los inmuebles
beneficiados por la ejecución de la extensión de la Red  de Agua
Corriente por el istema Costo Cubierto en la calle Rivera 500 -
ambas veredas - cuadra incompleta - entre Lobería y Larrea de
nuestra ciudad.-

Artículo 2°: El costo total de la obra a que se refiere el  artí--
------------ culo anterior será abonado en su totalidad por Jupa
Tandil S.A. , representada por el Señor Bertolín, Juan Carlos.-

Artículo 3°: La modalidad de ejecución será por el sistema  de Co-
------------ sto Cubierto, NO pudiendo la Empresa Contratista, una
vez finalizada la obra, presentar Certificados de Deuda de los in-
muebles afectados a la obra.

Artículo 4°: El pago de la obra podrá efectuarse  al contado o a  
------------ plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el
artículo 45° de la Ordenanza N° 1772/73 y la Ordenanza N° 6361/94.

Artículo 5°: Una vez producida la RECEPCIàN PROVISORIA de  OBRA, -
------------ procédase a notificar a la Dirección de Rentas y Fi-
nanzas a los efectos de realizar la afectación de la obra a los
inmuebles pertinentes.

Artículo 6°: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al -
------------- Departamento Ejecutivo.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
TANDIL A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL SEIS.-

Registrada bajo el N° 10048.-
Asunto N°: 202/06.- Exp. 640/06.-