REF: Asunto Nº 196/10 Expte. Nº 937/10
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Artículo 1º: Créase la "Comisión Asesora para la Habili-
tación de Supermercados" integrada por miembros de las
siguientes organizaciones legalmente constituidas:
* 1 representante del Departamento Ejecutivo
* 1 representante de la Cámara Empresaria de Tandil
(C.E.T.)
* 1 representante de Asociación de la Pequeña y Media-
na Empresa de Tandil (A.P.yM.E.T.)
* 1 representante del Sindicato de Empleados de Comer-
cio (S.E.C.)
* 1 representante de Unión Comerciantes Minoristas de
Tandil (U.N.C.O.T.A)
* 1 representante de Defensa al Consumidor
* Totalidad de los miembros de la Comisión de Produc-
ción Trabajo y Medio Ambiente del Honorable Concejo
Deliberante (H.C.D.)
Artículo 2º: La Comisión Asesora tendrá como función emi-
tir opinión sobre los expedientes de solicitudes de habi-
litación de emprendimientos comerciales de entre quinien-
tos (500) metros cuadrados y novecientos (900) metros
cuadrados en un plazo de 30 días corridos, en el marco de
la Ordenanza 11781 o las normas que en el futuro la reem-
place.
Promulgada la presente, las organizaciones integrantes
deben designar y notificar sus representantes en la Comi-
sión, quienes tendrán mandato hasta ser revocado o reem-
plazado por la organización.
Las resoluciones emitidas por la Comisión Asesora deben
ser referidas al Estudio de Impacto Socioeconómico (EISE)
una vez presentado por el solicitante de habilitación y
notificado por el Departamento Ejecutivo.
Artículo 3º: La Comisión Asesora será coordinada por el
representante en la Comisión del Departamento Ejecutivo,
quien debe:
1) Recepcionar las notificaciones de designación de los
representantes de las organizaciones integrantes de
la Comisión
2) Convocar a la Comisión Asesora cuando la existencia
de expedientes de solicitudes lo justifiquen
3) Dar traslado de las copias del expediente o los ex-
pedientes correspondientes una vez presentado el
EISE.
4) Notificar a la autoridad correspondiente sobre las
resoluciones emitidas por la Comisión Asesora.
Artículo 4º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-
quese al Departamento Ejecutivo.
REF: Asunto Nº 196/10 Expte. Nº 937/10
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBE-
RANTE DE TANDIL A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE MARZO
DE DOS MIL DIEZ.
Registrada bajo el Nº 11810
Asunto Nº 196/10 Expte. Nº 937/10
Diego A. Palavecino Dr. Marcos L. Nicolini
Secretario del H.C.D. Presidente del H.C.D.