EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obliga-
torio para los propietarios y/o poseedores a título de
dueño de los inmuebles beneficiados por la ejecución de
la extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de
Costo Cubierto en las calles Los Sauces al 100 (vereda
impar - cuadra incompleta), Los Tilos al 2000 (vereda
par); Dr. Raúl Cruz al 100 (vereda par) y Los Cedros al
2000 (vereda impar), PO/UOT Nº 16-007353-00-10, de nues-
tra ciudad.
ARTÍCULO 2º: El pago total de la obra estará a cargo ex-
clusivamente de los Sres. Eduardo LÓPEZ - DNI Nº
11.877.705; Camilo José BERNASCONI - DNI Nº 22.549.289;
Ismael Santiago Cambronera - DNI Nº 4.563.283; María del
Carmen MARAÑON - DNI Nº 12.401.242; Héctor Horacio AGUI-
RRE - DNI Nº 10.117.527; Guillermo Manuel FUNES - DNI Nº
25.459.007; Juan Carlos BARROSO - DNI Nº 11.717.678;
Eduardo PONSSA - DNI Nº 13.417.589; Carlos E. RODRÍGUEZ -
DNI Nº 14.544.253; María Rosario MENDIONDO GARBIN - DNI
Nº 16.211.023; Pablo MASSARI - DNI Nº 25.547.194; Pablo
Rafael RINALDI - DNI Nº 24.988.337; Ramón Reinaldo DÍAZ -
DNI Nº 12.216.373; Cristina Esther MONTEAVARO - DNI Nº
13.824.562; Gustavo DESIATI - DNI Nº 14.629.671; Javier
Gastón HERNÁNDEZ - DNI Nº 20.296.057; Alejandra Beatriz
PÉREZ - DNI Nº 21.504.749; María Carolina GONZÁLEZ - DNI
Nº 23.779.977; Ricardo STUPINO - DNI Nº 20.296.230; María
Florencia TORRES - DNI Nº 25.452.659; Adolfo CANTARELLI -
DNI Nº 5.380.511 y Beatriz Alejandra ISLAS - DNI Nº
31.264.416; de acuerdo a los contratos firmados a fs. 13-
14, 19-20, 22-23, 26-27, 28-29, 42-43, 51-52, 53-54, 55-
56, 57-58, 59-60, 61-62, 66-67, 68-69, 75-76-77, 83-84-
85, 91-92-93, 94-95-96, 97-98, 103-104-105, 106-107-108,
109-110, 119-120-121 y 122-123-124 del Expediente Nº
2011/00/1910.
ARTÍCULO 3º: La modalidad de ejecución será determinada
por la Municipalidad, no pudiendo la Empresa Contratista,
una vez finalizada y recepcionada la obra, presentar Cer-
tificados de Deuda de los inmuebles afectados a la misma.
ARTÍCULO 4º: El pago de la obra a cargo de los propieta-
rios y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse al
contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado
en el Artículo 45º de la Ordenanza Nº 1.772/73 y sus mo-
dificatorias, según Ordenanza Nº 9.501/04; en la Ordenan-
za Nº 6.361/94 y Art. 48º bis aprobado mediante Ordenanza
Nº 9.805/05.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-
quese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBE-
RANTE DE TANDIL A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS
MIL ONCE.
Registrada bajo el Nº 12512
Asunto Nº 578/11 Expte. Nº 1910/11
Diego A. Palavecino Dr. Marcos L. Nicolini
Secretario del H.C.D. Presidente del H.C.D.
REF: Asunto Nº 578/11 Expte. Nº 1910/11