EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Declárase de Utilidad Pública para los
propietarios y/o poseedores a título de dueño de los
inmuebles beneficiados por la ejecución de la
extensión de la Red de Agua por el sistema de Costo
Cubierto en la calle John Lennon al 100 (ambas veredas
- cuadra incompleta) entre Juan XXIII y Lanza del
Vasto, de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º: El costo total de la obra a que se
refiere el artículo 1º será abonado en su totalidad
por los Sres. Fernando Alberto URBAN -DNI Nº
22.818.645-; Enzo SOLAZZI -DNI Nº 27.777.435- y
Guillermo Dante GÓMEZ -DNI Nº 22.337.439-; de acuerdo
al contrato firmado a fojas 15/17 del Expediente Nº
2012 /00/01303.
ARTÍCULO 3º: La modalidad de ejecución será por el
sistema de Costo Cubierto, no pudiendo la Empresa
Contratista, una vez finalizada la obra, presentar
Certificados de Deuda de los inmuebles afectados a la
misma.
ARTÍCULO 4º: El pago de la obra podrá efectuarse al
contado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo
estipulado en el Artículo 45º de la Ordenanza Nº
1.772/73 y en la Ordenanza Nº 6.361/94.
ARTÍCULO 5º: Una vez producida la Recepción Provisoria
de Obra, procédase a notificar a la Dirección de
Rentas y Finanzas a los efectos de realizar la
afectación de la obra a los inmuebles pertinentes.
ARTÍCULO 6º: Regístrese, dése al Libro de Actas y
comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES
DE MAYO DE DOS MIL DOCE.
Registrada bajo el Nº 12865
Asunto Nº 308/12 Expte. Nº 1303/12
Diego A. Palavecino Dr. Juan P.
Frolik
Secretario del H.C.D. Presidente del
H.C.D.
REF: Asunto Nº 308/12 Expte. Nº
1303/12