EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Declárase de Utilidad Pública para los
propietarios y/o poseedores a título de dueño de los
inmuebles beneficiados por la ejecución de la
extensión de la Red de Gas Natural por el sistema de
Costo Cubierto en las calles Reforma Universitaria al
2600, 2700, 2800, 2900 y 3000, todas vereda par, y
Deodoro Roca al 600 y al 700, ambas vereda impar,
según Proyecto PO/UOT Nº 16-007591-00-12, de nuestra
ciudad.
ARTÍCULO 2º: El pago total de la obra estará a cargo
exclusivamente de los Sres. María Isabel GARCÍA -DNI
Nº 13.320.734-; Marta Susana MARTINO -DNI Nº
3.693.012-; Gabriela Esther CADENAZZI -DNI Nº
16.298.364-; Florencia BRIVIO -DNI Nº 28.200.936-;
Salvador Antonio ALAK -DNI Nº 8.114.480-; Patricia
Laura SENA -DNI Nº 14.629.938-; María Fernanda
VENTURINI -DNI Nº 37.237.246-; José Antonio DENISIO -
DNI Nº 8.337.681-; Silvana Patricia SOLER -DNI Nº
13.652.709-; Jacinto ASIN -DNI Nº 16.052.512-; Elsa
Andrea CASELLI -DNI Nº 16.109.160- y Carolina Alicia
Verónica LAFONT -DNI Nº 22.848.616; de acuerdo a los
contratos firmados a fojas 21, 25, 31, 37, 42, 46, 50,
62, 80, 82, 91 y 100 del Expediente Nº 2012/00/3576.
ARTÍCULO 3º: La modalidad de ejecución será por el
sistema de Costo Cubierto, no pudiendo la Empresa
Contratista, una vez finalizada y recepcionada la
obra, presentar Certificados de Deuda de los inmuebles
afectados a la misma.
ARTÍCULO 4º: El pago de la obra a cargo de los
propietarios y/o poseedores a título de dueño podrá
efectuarse al contado o a plazo, en un todo de acuerdo
a lo estipulado en el Artículo 45º de la Ordenanza Nº
1.772/73 y sus modificatorias, según Ordenanza Nº
9.501/04; en la Ordenanza Nº 6.361/94; y Artículo 48º
bis aprobado mediante la Ordenanza Nº 9.805/05.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de Actas y
comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE.
Registrada bajo el Nº 13125
Asunto Nº 846/12 Expte. Nº 3576/12
Ligia B. Laplace Dr. Juan P. Frolik
Prosecretaria del H.C.D. Presidente del
H.C.D.
REF: Asunto Nº 846/12 Expte. Nº
3576/12