EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: La presente Ordenanza regirá el
procedimiento a aplicar respecto del bien inmueble a
incorporarse a favor del Municipio de Tandil, como
consecuencia de la transmisión dominial a título
gratuito ofertada por la "Asociación Civil por la No
Automedicación", con fines de solidaridad social
previsto en el Programa Familia Propietaria, conforme
al Acta Acuerdo suscripta entre la Asociación y el Sr.
Intendente Municipal, la que por la presente se
convalida y se agrega como Anexo I de esta Ordenanza.
ARTÍCULO 2º: Aceptase la transmisión dominial a título
gratuito ofrecida por la "Asociación Civil por la No
Automedicación", de los inmuebles individualizados
catastralmente como Circunscripción I, Sección D,
Manzana 7-f, Parcelas 1a, 2a y 2b del Partido de
Tandil (103) los que quedarán incorporados al
patrimonio municipal con la finalidad de afectarse al
Programa Familia Propietaria, y con el cargo de que se
adjudique las parcelas a generarse según proyecto de
mensura confeccionado por el Agrimensor Jorge
Zabaleta, de conformidad con las personas indivi-
dualizadas en el Anexo I del Acta Acuerdo.
ARTÍCULO 3º: Declárese de interés social la venta
realizada por el Sr. Juan Manuel Rivalotti en
ejercicio de sus propios derechos y en su carácter de
apoderado de Juan Roque Rivalotti, Silvia Abahi
Sánchez, María Laura Rivalotti, María Paula Rivalotti,
Mario Gabriel Rivalotti, Juan Pablo Rovalotti y Rubén
Ricardo Rivalotti a la Asociación Civil por la No
Automedicación de los inmuebles individualizados
catastralmente como Manzana 7-f, Circunscripción I;
Sección D; Matriculas 27503 y 27504 del Partido de
Tandil (103) conforme surge del Boleto de Compraventa
agregado a fs 60 y 61 de estas actuaciones, y la
donación de ésta Asociación a favor de la Municipali-
dad de Tandil, requiriéndose la intervención de la
Escribanía General de Gobierno de la Provincia de
Buenos Aires a los fines del otorgamiento de las
escrituras traslativas de dominio para que los
inmuebles queden en cabeza de la Municipalidad de
Tandil.
ARTÍCULO 4º: Requiérase la intervención de la
Subsecretaría Social de Tierras de la Provincia de
Buenos Aires a fin de que se incorpore al Programa
Familia Propietaria el plano de mensura y subdivisión
confeccionado por el Agrimensor Jorge Zabaleta
respecto de los inmuebles identificados catastralmente
Circunscripción I, Sección D, Manzana 7-f, Parcelas
1a, 2a y 2b del Partido de Tandil (103).
ARTÍCULO 5º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a
realizar las gestiones pertinentes para dar
cumplimiento con lo dispuesto en los artículos
precedentes.
ARTÍCULO 6º: Regístrese, dése al Libro de Actas y
comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE
SEPTIEMBRE DE DOS MIL TRECE.
Registrada bajo el Nº 13587
Asunto Nº 711/13 Nota Nº 9924/13
Diego A. Palavecino Dr. Juan P.
Frolik
Secretario del H.C.D. Presidente del
H.C.D.
2013 - Año del trigésimo aniversario de la recuperación de la Democracia
y la vigencia de los Derechos Humanos
REF: Asunto Nº 711/13 Nota Nº
9924/13