EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Declárase de utilidad pública la
adquisición del dominio por parte de esta
Municipalidad, mediante una operación basada en la
expropiación, conforme lo establecido en el Artículo
58º del Decreto - Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las
Municipalidades), o compra, permuta o donación, de la
superficie de CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS CON CUARENTA
Y UNO METROS CUADRADOS (472,41 m2) indicada en el
croquis de fojas 4 del Expediente Nº 500/14, a
determinar por operación de mensura, que se descontará
de la consignada en título del inmueble designado
según catastro como Circunscripción I, Sección D,
Manzana 45g, Parcela 3f de este Partido.
ARTÍCULO 2º: La operación de mensura mencionada en el
Artículo 1º contemplará además la unificación del
remanente de la Parcela 3f con la Parcela 3e, del
mismo propietario.
ARTÍCULO 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a
realizar todas las gestiones de índole técnico-legal y
administrativa que fueran necesarias para incorporar
al dominio municipal el inmueble declarado de utilidad
pública.
ARTÍCULO 4º: Obtenido el dominio a favor de la
Municipalidad de Tandil del inmueble mencionada en el
Artículo 1º, el mismo será afectado para espacio
circulatorio público.
ARTÍCULO 5°: Conforme lo establecido en el Artículo
77º del Decreto-Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias
(texto introducido por Ley Nº 13.101), se reconoce a
la presente ordenanza el carácter de Ley en sentido
formal y material, dándose por cumplimentado en
consecuencia el requisito exigido en el Artículo 3º de
la Ley Nº 5.708.
ARTÍCULO 6°: Los gastos que demande la instrumentación
de lo establecido en la presente ordenanza deberán ser
imputados al Fondo Especial de Expropiaciones creado
por Ordenanza Nº 8.311/11.
ARTÍCULO 7º: Regístrese, dése al Libro de Actas y
comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES
DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE.
Registrada bajo el Nº 13993
Asunto Nº 198/14 Expte. Nº 500/14
Diego A. Palavecino Dr. Juan P.
Frolik
Secretario del H.C.D. Presidente del
H.C.D.
REF: Asunto Nº 198/14 Expte. Nº
500/14