Inicio

Institucional
- Institucional - Autoridades - Concejales - Bloques políticos - Comisiones Internas - Concejales anteriores - Audiencias Públicas - Arbolado Público
Sesiones
- Sesiones - Actas - Audios - Transmisiones en vivo
Banca 21 Legislación Novedades
- Novedades - Actividad de los concejales
Contacto
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Declárase de Utilidad Pública para los pro-
pietarios y/o poseedores a título de dueño de los inmue-
bles beneficiados por la ejecución de la extensión de la
Red Distribuidora de Agua por el sistema de Costo Cubier-
to en las calle Dabidos al 100 (entre Coronel García y
San Gabriel), ambas veredas, cuadra incompleta, de nues-
tra ciudad.
ARTÍCULO 2º: El costo total de la obra a que se refiere
el artículo anterior será abonado en su totalidad por los
Sres. Carolina Andrea FARIOLI -DNI Nº 23.339.076-, María
Haydeé SAVONE -DNI Nº 10.117.629-, Claudio Adrián VEGA -
DNI Nº 21.919.307-, Soraya BELARDO -DNI Nº 21.854.205- y
Paula Lorena KOWALYK -DNI Nº 23.470.748-, de acuerdo a
los contratos firmados a fojas 16, 17, 18, 19 y 20 del
Expediente Nº 111/2015.
ARTÍCULO 3º: La modalidad de ejecución será por el siste-
ma de Costo Cubierto, no pudiendo la Empresa Contratista,
una vez finalizada la obra, presentar Certificados de
Deuda de los inmuebles afectados a la misma.
ARTÍCULO 4º: La empresa a cargo de la obra deberá reacon-
dicionar el espacio a intervenir, siendo su obligación
dejarlo en iguales condiciones que antes de comenzar la
obra. En caso de incumplimiento, la Municipalidad podrá
realizar los trabajos necesarios directamente o adjudi-
carlos a terceros, todo ello con cargo a la empresa eje-
cutante de la obra mencionada en el Artículo 1º.
ARTÍCULO 5º: El pago de la obra podrá efectuarse al con-
tado o a plazo, en un todo de acuerdo a lo estipulado en
el Artículo 45º de la Ordenanza Nº 1.772/73 y en la Orde-
nanza Nº 6.361/94.
ARTÍCULO 6º: Una vez producida la Recepción Provisoria de
Obra, procédase a notificar a la Dirección de Rentas y
Finanzas a los efectos de realizar la afectación de la
obra a los inmuebles pertinentes.
ARTÍCULO 7º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-
quese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBE-
RANTE DE TANDIL A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO
DE DOS MIL QUINCE.

Registrada bajo el Nº 14524

Asunto Nº 101/15                  Expte. Nº 111/15



Diego A. Palavecino                 Dr. Juan P. Frolik
Secretario del H.C.D.               Presidente del H.C.D.








              REF:  Asunto Nº 101/15  Expte. Nº 111/15