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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA
Implementación del Subsistema de Transporte Pública de
Bicicletas (TOB) en el ámbito de  la ciudad de Tandil

ARTÍCULO 1º: Ordénase la implementación del Subsistema de
Trasporte Público de Bicicletas (TPB) en el ámbito de la
ciudad de Tandil.
El mismo estará compuesto por lo estipulado en el art. 4º
de la Ordenanza Nº 14710.

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo queda facultado
para el dictado de los actos administrativos necesarios
para el funcionamiento del subsistema y para establecer
los requerimientos técnicos según el marco establecido
por el Artículo 1º de la presente norma y por la Ordenan-
za Nº 14710.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo tendrá la facultad
de administrar y gestionar el subsistema, pudiendo, de
considerarlo necesario, transferir la misma, mediante los
procedimientos correspondientes, a la SAPEM, cuya consti-
tución fue autorizada mediante Ordenanza Nº 14264.

Artículo 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a com-
prometer fondos de ejercicios futuros según lo dispuesto
en el art. 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuní-
quese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBE-
RANTE DE TANDIL A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JULIO DE
DOS MIL QUINCE.

Registrada bajo el Nº 14769

Asunto Nº 457/15               Nota Nº 6776/15



Diego A. Palavecino                 Dr. Juan P. Frolik
Secretario del H.C.D.               Presidente del H.C.D.








             REF: Asunto Nº 457/15   Nota Nº 6776/15