Inicio

Institucional
- Institucional - Autoridades - Concejales - Bloques políticos - Comisiones Internas - Concejales anteriores - Audiencias Públicas - Arbolado Público
Sesiones
- Sesiones - Actas - Audios - Transmisiones en vivo
Banca 21 Legislación Novedades
- Novedades - Actividad de los concejales
Contacto
                                 Tandil, 15 de setiembre de 1980


En uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las
Municipalidades,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, sanciona la siguiente :


                           ORDENANZA




Artículo  1°- Desígnanse con los nombres que se detallan segui -
------------- damente,  a las  calles abiertas  y  a  librar  al
tránsito, en  el Barrio  "ARROYO SECO"  de esta  ciudad, que  se
indican a continuación:

"LOS OLMOS"  a la  444 bis  del catastro,  entre las  calles Don
Segundo Sombra y Arroyo Seco.
"LOS ROBLES"  a la  442 bis  del catastro,  entre las calles Don
Segundo Sombra y Arroyo Seco.
"LOS TALAS"  a la  440 bis  del catastro,  entre las  calles Don
Segundo Sombra y Arroyo Seco.
"LOS MIMBRES"  a la  428 bis  del catastro, entre las calles Don
Segundo Sombra y Arroyo Seco.
"LOS FRESNOS"  a la  424 bis  del catastro, entre las calles Don
Segundo Sombra y Arroyo Seco.
"LOS PLATANOS"  a la  399 bis del catastro, entre las calles Los
Ombúes y Ruta 226.
"LOS LAPACHOS"  a las  401 del  catastro, entre  las calles  Los
Ombúes y Ruta 226.
"LOS OLIVOS"  a la  403 bis  del catastro,  entre las calles Los
Ombúes y Ruta 226.
"LOS TAMARINDOS"  desde la calle Don Segundo Sombra hasta Arroyo
Seco.
"LOS CEDROS" entre Ruta 226 y Los Ceibos.
"LOS TILOS" desde Ruta 226 hasta Los Ceibos.
"LOS ALAMOS" entre Ruta 226 y Los Ceibos.
"LOS MOLLES" entre Ruta 226 y Los Ceibos.
"LOS ALGARROBOS" entre Ruta 226 y Los Ceibos.
"LOS LAURELES" entre Ruta 226 y Los Ceibos.


Artículo  2°- La Dirección de Servicios procederá a la confe ---
-------------  cción  de  placas  respectivas  con  los  nombres
mencionados  precedentemente   para   ser   colocados   en   las
intersecciones de las calles indicadas.

Artículo  3°- Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese -
------------- al Departamento Ejecutivo.



Registrada bajo el N° 2651.