Tandil, 15 de setiembre de 1980
En uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las
Municipalidades,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, sanciona la siguiente :
ORDENANZA
Artículo 1°- Desígnanse con los nombres que se detallan segui -
------------- damente, a las calles abiertas y a librar al
tránsito, en el Barrio "ARROYO SECO" de esta ciudad, que se
indican a continuación:
"LOS OLMOS" a la 444 bis del catastro, entre las calles Don
Segundo Sombra y Arroyo Seco.
"LOS ROBLES" a la 442 bis del catastro, entre las calles Don
Segundo Sombra y Arroyo Seco.
"LOS TALAS" a la 440 bis del catastro, entre las calles Don
Segundo Sombra y Arroyo Seco.
"LOS MIMBRES" a la 428 bis del catastro, entre las calles Don
Segundo Sombra y Arroyo Seco.
"LOS FRESNOS" a la 424 bis del catastro, entre las calles Don
Segundo Sombra y Arroyo Seco.
"LOS PLATANOS" a la 399 bis del catastro, entre las calles Los
Ombúes y Ruta 226.
"LOS LAPACHOS" a las 401 del catastro, entre las calles Los
Ombúes y Ruta 226.
"LOS OLIVOS" a la 403 bis del catastro, entre las calles Los
Ombúes y Ruta 226.
"LOS TAMARINDOS" desde la calle Don Segundo Sombra hasta Arroyo
Seco.
"LOS CEDROS" entre Ruta 226 y Los Ceibos.
"LOS TILOS" desde Ruta 226 hasta Los Ceibos.
"LOS ALAMOS" entre Ruta 226 y Los Ceibos.
"LOS MOLLES" entre Ruta 226 y Los Ceibos.
"LOS ALGARROBOS" entre Ruta 226 y Los Ceibos.
"LOS LAURELES" entre Ruta 226 y Los Ceibos.
Artículo 2°- La Dirección de Servicios procederá a la confe ---
------------- cción de placas respectivas con los nombres
mencionados precedentemente para ser colocados en las
intersecciones de las calles indicadas.
Artículo 3°- Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese -
------------- al Departamento Ejecutivo.
Registrada bajo el N° 2651.