EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE :
ORDENANZA
Artículo 1° - Créase un fondo especial con destino exclusivo a
-------------- solucionar económicamente problemas de salud de
extrema gravedad que requieren tratamiento de alta complejidad,
que puedan ser catalogados técnicamente como de vida o muerte
por los profesionales de la salud.
Artículo 2° - A tales efectos el Departamento Ejecutivo tomará
-------------- los recaudos del caso para percibir las
contribuciones a través de la inspección de los organismos que
correspondan.
Artículo 3° - Las contribuciones estarán a cargo de :
-------------- a) usuarios de la Usina Popular y Municipal de
Tandil S.E.M.
TARIFA RANGO CONSUMO MODULOS
01 0 a 50 1,5
10 51 a 100 2,5
10 101 a 150 4,5
10 más de 150 8,5
20 0 a 100 6,0
20 101 a 500 11,5
20 más de 500 23,0
30 0 a 100 6,0
30 101 a 500 28,5
30 501 a 1400 34,5
30 1401 a 4000 40,0
30 más de 4000 46,0
30/31 0 a 8000 46,0
30/31 8001 a 32000 57,0
12/13 CONSUMO 6,0
50 0 a 500 6,0
50 más de 500 11,5
51 0 a 500 6,0
51 más de 500 11,5
METALURGICA 366,5
TANDILMAT S.A. 137,5
LOIMAR S.A. 46
BUXTON S.A. 91,5
SIERRAS DEL TANDIL S.A. 46,0
RONICEVI S.A. 183,0
MASTELLONE HNOS. S.A. 183,0
MASTELLONE HNOS. S.A. 91,5
INDO 183,0
SAFETY S.A. 46,0
TANDIL JUGOS S.R.L. 91,5
DIRECCION OBRAS SANITARIAS 91,5
b) El 3 % de lo recaudado en concepto de deudas, ejercicios
anteriores ( Tasa Vial, O.Sanitarias, Ret.Servicios, Seg.e
Higiene).
c) El 100 % de las donaciones que pudieran efectuarse con
idéntico destino.
Artículo 4° - Todas las recaudaciones que realice la ----------
-------------- Municipalidad de Tandil, la Usina Popular y
Municipal S.E.M., y las donaciones percibidas deberán
depositarse en una cuenta especial, creada al efecto, en una
institución bancaria de nuestro medio, dentro de los 5 días
hábiles posteriores.
Artículo 5° - Créase una Comisión Administrativa encargada del
-------------- manejo de los fondos, de evaluar y otorgar el
beneficio solicitado, cuyas determinaciones serán inapelables.
Estos fondos serán destinados a la atención de patologías donde
se priorizan a los efectores del sector público; de no ser
posible lo antes mencionado, la Comisión Administrativa
determinará en que servicio deberá efectuarse la atención.
Artículo 6° - La Comisión a que hace referencia el Artículo N°
-------------- 5, estará integrada por:
a) un representante de la Secretaría de Bienestar Social, quien
presidirá la comisión.
b) un representante de la Cruz Roja Filial Tandil.
c) un representante de la Asociación Médica de Tandil.
d) un representante de la Federación de Entidades de Bien
Público de Tandil.
e) un representante de la Cámara de Medios de Comunicación de -
Tandil.
f) un representante de la C.G.T.
Esta Comisión deberá designar para la evaluación de las
distintas patologías a considerar, hasta tres profesionales en
carácter de asesores con voz y voto para el dictamen sobre el
otorgamiento del beneficio.
Artículo 7° - Para acceder al beneficio tendrán que acreditar,
-------------- el paciente o sus familiares en primer grado, al
menos 5 años de residencia en el Partido de Tandil.
Artículo 8° - Facúltese a la Comisión que hace referencia el --
-------------- art. 5° a redactar el reglamento de
funcionamiento y de las condiciones necesarias para el
otorgamiento de los subsidios, el que deberá ser convalidado por
el Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 9°.- Lo establecido en el Art.3° tendrá una vigencia -
-------------- de 60 (sesenta) días, de acuerdo a lo normado en
la Ordenanza de Concesión de Alumbrado Público.
Artículo 10° - Regístrese, dése al libro de Actas y comuníquese
--------------- al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
TANDIL A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y DOS
Registrada bajo el N° 5790
Asunto N° 5889