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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE :


                           ORDENANZA


Artículo   1° - Declárase de utilidad pública y pago obligatorio
-------------- para  los propietarios y/o poseedores a título de
dueño de  los inmuebles  beneficiados por  la ejecución  de  las
siguientes obras:

     * RED DE AGUA CORRIENTE en las calles:

Ugalde al  1900, 2000  y 2100  (A.V.) entre  las calles Juárez y
Basílico.
Rosalía de  Castro al  800 (A.V.)  entre las  calles Venezuela y
Costa Rica.
Guido al 300 (A.V.) entre las calles Chile y Fugl.
Laprida al 300, 400, 500 y 600 (A.V.) entre las calles Pasteur y
Av. Aristóbulo del Valle.
Larrea al 1700 (A.V.) entre la Av. Brasil y calle Carriego.
Liniers al  200 (A.V.)  entre la  calle Rosalía  de Castro y Av.
Falucho.
Pje. Vazquez al 500 (V.I.) entre las calle Larrea y Lobería.

     * RED DE CLOACAS en las calles:

Av. Comandante  Espora al  900 (V.P.)  entre las calles Newton y
Colombia.
Cabral al 1100 (A.V.) entre las calles D™ering y De Roxas.
Pje. Vazquez al 500 (V.I.) entre las calle Larrea y Lobería.

     RED DE GAS NATURAL en las calles:

Independencia al 2100 (V.I.) entre las calles Nigro y Basílico.
José Hernández al 300 (V.I.) entre las calle Chile y Fugl.
Lobería al 600 (V.I.) entre las calles Richieri y Azcuénaga.
Pje. Vazquez al 500 (V.P.) entre las calle Larrea y Lobería.
Lobería al  1200 (V.P.)  entre las  calles Martín  Fierro y José
Marti.
Jose Marti al 400 (V.P.) entre las calles Lobería y Fugl.
San Francisco al 2000 (V.P.) entre las calles Ijurco y Nigro.
Ijurco al 2100 (V.P.) entre las calles San Francisco y Argerich.
Argerich al 2000 (V.I.) entre las calles Ijurco y Nigro.
Lobería al 1600 (V.P.) entre las calles Carriego y Tacuarí.
Costa Rica al 00-100 (V.I.) entre las calles S. Rivas y Pozos.
Larrea al 600 (V.I.) entre la calle Richieri y Pje. Rebol.
Caseros al 1000 (V.I.) entre las calles Liniers y Colombia.
Uriburu al  1500 (V.I.) entre las calles Avellaneda y Pellegrini
de la localidad de María Ignacia (Vela).

     * CORDON CUNETA en las calles:

Saavedra al 100 entre las calles Constitución y 25 de Mayo.
Constitución al 1600 entre las calles Moreno y Saavedra.

Artículo   2° - El prorrateo del costo total de la obra a que se
-------------- refiere el Art. 1° se hará por frente.

Artículo  3° - La modalidad de ejecución será determinada por la
-------------- Municipalidad, pudiendo optarse para ello por las
previstas en  el Art.  9° de  la Ordenanza  Gral.  de  Obras  de
Infraestructura N° 1772/73.

Artículo  4° - El pago de la obra a cargo de los propietarios --
-------------- y/o poseedores a título de dueño podrá efectuarse
al contado  o a  plazo, en todo de acuerdo a lo estipulado en el
Art. 45° de la Ordenanza 1772/73.

Artículo  5° - El valor de las cuotas no podrá ser indexado mien
-------------- tras se encuentre en vigencia la Ley de Converti-
bilidad.

Artículo  6 ° - Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese
-------------- al Departamento Ejecutivo.



DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
TANDIL A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y CINCO.

Registrada Bajo el N° 6682

Asuntos N°  150/95,  208/95,  209/95,  210/95,  211/95,  212/95,
213/95, 214/95,  217/95, 225/95, 226/95, 229/95, 230/95, 234/95,
235/95, 236/95, 237/95, 238/95, 239/95 y 240/95.