EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1°.- Decláranse de utilidad pública sujetas a expropia-
------------- ción ( conforme a lo establecido en el Artículo
58° de la Ley Orgánica de las Municipalidades) compra, permuta o
donación a las superficies comprendidas dentro de la zona de
implantación de la obra de regulación hidráulica en la Cuenca
Superior del Ramal H ( del sistema de desages del Arroyo del
Fuerte), determinadas por los estudios realizados al efecto e
ilustrados en croquis de localización que como Anexos Y y II
forman parte de la presente.-
Artículo 2° - Prohíbase la realización de nuevas construcciones
------------- en el área situada por debajo de una línea ubicada
a no menos de 30,00 m (treinta) de la Cota IGM+210 (doscientos
diez) comprendida en los inmuebles cuya denominación catastral
corresponde a la Quinta 24 (remanente), Parcela 10 de la Manzana
24c y Parcela 15 de la Manzana 24d, ambas de la Sección B;
Parcela 2b de la Chacra 132, Fracción IV y Chacra 140, Parcela
1, ambas de la Sección E y todas de la Circunscripción Y de este
Partido, como asimismo facúltase al Departamento Ejecutivo a la
paralización inmediata de las que se hayan iniciado a la fecha
en dicho sector.-
Artículo 3° - En caso de autorizarse la ampliación del Area Urba
------------- na de Tandil en los sectores remanentes no afec---
tados de los inmuebles mencionados en el Artículo 2° deberá
cumplimentarse lo establecido en el Artículo 59° del Decreto-Ley
8912/77, modificado por el Decreto-Ley 10.123/83.-
Artículo 4° - En los inmuebles mencionados, afectados por la res
------------- tricción establecida en el Artículo 1°, los actua-
les propietarios deberán mantener la topografía natural del
terreno sin efectuar movimientos de tierra, esto es
terraplenamientos y/o desmontes, ni realizar plantaciones
forestales que alteren el uso actual de la tierra.-
Artículo 5° - Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar ---
------------- todas las gestiones de orden técnico - legal y
administrativo que fueran necesarias para la concreción de los
objetivos planteados por la presente Ordenanza.-
Artículo 6° - Los gastos que demande la implementación de lo es-
------------ tablecido por esta Ordenanza serán imputados a la
partida 2.1.2-2.5.1.5.. Adquisición de Inmuebles.. del
Presupuesto de Gastos, hasta la culminación del objetivo
previsto en el Artículo 1°.-
Artículo 7° - Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese -
------------- al Departamento Ejecutivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
TANDIL A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-
Registrada bajo el N° 7107
Asunto N° 23/97