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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE




                        ORDENANZA
        



Artículo 1° - Declárase de Utilidad Pública y pago --------
------------- obligatorio para los  propietarios y/o
poseedores a título de dueño de los inmuebles beneficiados
por la ejecución de la Obra Mejorado y Cordón Cuneta, en
los términos establecidos en el Artículo 3°- Inciso a) de
la Ordenanza 1772/73, y en todo de acuerdo al Artículo 3°
del Acuerdo Marco firmado con las Empresas dedicadas a la
explotación minera, el cual propicia la ejecución del
Programa de Desarrollo Vial, en las siguientes calles:

-Cuba e/Colectora y Rosales (3 cuadras).
-Newton e/ Colectora y Rosales (3 cuadras)
-Mons. Actis  e/ Colectora y Rosales (3 cuadras).
-Malvinas e/Colectora y Rosales.(3 cuadras)
-Palacios e/Colectora y Chapaleofú.(10 cuadras)
-Marzoratti e/Colectora y Muñiz (6 cuadras)
-Lester e/ Colectora y Casacuberta (5 cuadras)
-Caseros e/Colectora y Casacuberta (5 cuadras)
-Don Segundo Sombra e/Colectora y Casacuberta (5 cuadras)
-Ugalde e/Cuba y Don Segundo Sombra (8 cuadras)
-Darragueira e/ Cuba y Don Segundo Sombra (8 cuadras)
-Rosales e/Mons. Actis y Don Segundo Sombra (6 cuadras)
-Labardén e/Italia y Don Segundo Sombra (3 cuadras)
-Casacuberta e/Italia y Don Segundo Sombra (3 cuadras)
-Darragueira e/Méjico y Cuba (3 cuadras)
-Ugalde e/Guatemala y Cuba (2 cuadras)
-Jurado e/Colectora y Darragueira (2 cuadras)
-Haití e/ Colectora y Darragueira (2 cuadras)
-Guatemala e/Colectora y Ugalde (1 cuadra)
-Méjico e/Colectora y Darragueira (2 cuadras)
-Basílico e/Darragueira y Muñiz (4 cuadras)
-Vigil e/Darragueira y Muñiz (4 cuadras)
-Casacuberta e/Aeronáutica Argentina y Nigro (3 cuadras)
-Labardén e/ Aeronáutica Argentina y Nigro (3 cuadras)
-Rosales e/Aeronáutica Argentina e Ijurco (4 cuadras)
-San Francisco e/Aeronáutica Argentina e Ijurco (4 cuadras)
-Ijurco e/Darragueira y Chapaleofú (7 cuadras)
-Magallanes e/Beiró y R.N. 226 (5 cuadras)
-La Movediza e/ Magallanes y Patagonia (1 cuadra)
-Bereterbide e/Maritorena y Patagonia (2 cuadras)
-Pasaje Interno B° Autoconstrucción Villa Italia Norte (1
cuadra)
-Langueyú e/Patagonia y Magallanes (1 cuadra)
-Primera Junta e/Patagonia y Magallanes (1 cuadra)
-Bereterbide e/Pujol y Maritorena (1 cuadra)
-La Movediza e/ Pujol y Maritorena (1 cuadra)
-Maritorena e/ Beiró y Bereterbide (2 cuadras)
-Mosconi e/Magallanes y J.J.Paso (2 cuadras)
-Sol de Mayo e/Beiró y Saenz Peña (2 cuadras)
-Beiró e/Pujol y R.N. 226 (8 cuadras)
-Entre Ríos e/Beiró y Figueroa (6 cuadras)
-Azucena e/Figueroa y Lunghi (4 cuadras)
-L.De La Torre e/Alighieri y Azucena (4 cuadras)
-Cabral e/Alighieri y Azucena (4 cuadras)
-Las Animas e/Alighieri y Azucena (4 cuadras)
-Vela e/Alighieri y Azucena (4 cuadras)
-Almafuerte e/Alighieri y Azucena (4 cuadras)
-Alighieri (una sola mano) e/Lunghi y Figueroa (2 cuadras)
-La Pastora e/Lunghi y Figueroa (4  cuadras)
-De La Canal e/Lunghi y Figueroa (5 cuadras)
-Iraola e/Lunghi y Figueroa (4 cuadras)
-Tucumán e/Payró y Quintana (4 cuadras)
-Saenz Peña e/La Pampa y Entre Ríos (2 cuadras)
-Bolivia e/Thomas y Baigorria (2 cuadras)
-Juldain e/Dhers y Baigorria (1 cuadra)
-Thomas e/ Av. Estrada y Juldain (2 cuadras)
-Dhers e/Av. Estrada y Juldain (2 cuadras)
-Pasajes 1 y 2 e/Bolivia y Juldain (2 cuadras)
-La Pastora e/ La Movediza y Misiones (3 cuadras)
-Pavón e/Av. Cabildo y Aguilera (2 cuadras)
-Walcalde e/Av. Juan B. Justo y Bariffi (2 cuadras)
-Fuschini e/ Av. Juan B. Justo y Bariffi (2 cuadras)
-Baudrix e/Av. Juan B. Justo y Bariffi (2 cuadras)
-Bariffi e/Av. Cabildo y Aguilera (2 cuadras)
-Av. Cabildo e/ Av. Juan B. Justo y Arenales (3 cuadras)
-Lobería e/Sandino y Richieri (1 cuadra)

Artículo 2° - El prorrateo del costo total de la obra al  -
------------- que se refiere el artículo  anterior  se  
hará por unidad de medida.

Artículo 3° - Establécese un costo de $ 10,15 (Pesos Diez -
------------- con 15 ctvos) por metro cuadrado de obra,
debiendo abonarse dichos montos, de acuerdo a la afectación
establecida en los prorrateos correspondientes en un plan
de pago de CONTADO, DOCE (12), VEINTICUATRO (24) o TREINTA
Y SEIS (36) cuotas, iguales, mensuales y consecutivas,  con
un interés por financiación del 1% (uno por ciento) mensual
directo, operando el vencimiento de la primera cuota a los
treinta días corridos de finalizada la obra.

Artículo 4° - La  ejecución  de  las obras se realizará en
------------- un todo de acuerdo a la documentación
técnica, y la supervisión técnica de la Secretaría de
Planeamiento y Obras Públicas.

Artículo 5° - Registrese, dése al Libro de Actas y --------
------------  comuníquese al Departamento Ejecutivo.-



DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL
DE DOS MIL UNO.-


Registrada bajo el N° 8280.-

Asunto N° 265/01.-