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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE


                        ORDENANZA



Artículo 1° - Créase el Consejo del Arbolado Público en el Partido de
------------- Tandil, el que tendrá carácter de Comisión ad hoc, de-
pendiente del Honorable Concejo Deliberante.-

Artículo 2° - Serán funciones del consejo aludido en el Artículo 1°:

a) Colaborar con el organismo competente de la Municipalidad y prestar
su apoyo a la difusión de conocimiento, concientización y todo lo
que contribuya al cuidado y preservación de los árboles emplazados
en calles y caminos.-
b) El Consejo referido se integrará con un representante del Honorable
Concejo Deliberante, vecinos que manifiesten su interés sobre el
tema, representantes de Instituciones y profesionales de la mate-
ria.-

Artículo 3° - El Consejo del Arbolado Público estará facultado para --
------------- interceder ante el Ejecutivo Municipal, a fin de:

a) Asegurar la asignación de las partidas presupuestarias y el cumpli-
miento del plan al que están asignadas.-
b) Denunciar ante quien corresponda las irregularidades que se mani-
fiesten en detrimento del cuidado y preservación de especies arbó-
reas y arbustivas, instaladas en lugares del área del Municipio y
destinadas al uso público.-

Artículo 4° - El Consejo del Arbolado Público deberá establecer un Re-
------------- glamento Interno de Funcionamiento, a efectos de ejercer
su representación.-

Artículo 5° - Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al De--
------------- partamento Ejecutivo.-



DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TAN-
DIL A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL UNO.-


Registrada bajo el N° 8377.-

Asunto N° 188/01.-