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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE



                        ORDENANZA



Artículo 1° - Procédase a la venta en subasta pública de los ---
------------ vehículos y máquinas viales en condiciones de
rezagos declarados fuera de uso por decreto 2443/2001, según el
siguiente detalle:

Lote 1: Ford, modelo Galaxi 2.OL, dominio AZQ 863, motor
OQ118402, chasis 9BFZZZ33ZPP046819, año 1996.-
Lote 2: * Fiat, modelo 147 Spacio, dominio WHC 257, motor
7334704, chasis 07118551, año 1985.-
Lote 3: Ford , modelo Falcon de lujo versión 3.6, domino UPP
306, motor DLBC22924, chasis KA02DF20795, año 1985.-
Lote 4: Renault, modelo 4S, dominio UJC 742, motor 5163631,
chasis 90839139, año 1979.-

Lote 5: Pick Up Chevrolet, modelo Chevrolet /10, dominio UPP
274, motor A23-49488, chasis F099798, c/ cúpula, año 1974.-
Lote 6:  Pick Up Ford, modelo F 100, dominio UPP 308, motor
DTAB835891, chasis KA1JTA28930, año 1977.-
Lote 7: Pick Up Jeep, modelo JA-2PB, dominio B 320892, motor
4081054, chasis 10400795, año 1969.-
Lote 8: Pick Up Dodge, modelo D 100, dominio UVC 402, motor
81¦00228, chasis 6DJM01270F, año 1977.-
Lote 9: Camión Ford, modelo F600, dominio B 006915, motor
A35D21269, chasis KA511B21802, año 1969.-
Lote 10: Camión marca Ford, modelo F6000, dominio UPP 312, motor
PA6474331, chasis KA4LYR11218, modelo 1980.-
Lote 11: Camión marca Dodge, modelo DP500, dominio B 007788, s/
motor, chasis 85H00720, año 1968.-
Lote 12: Tractor marca Fíat 800, motor 0036111009.-
Lote 13: Tractor marca Fíat 700E, motor C036111016.-
Lote 14: Tractor marca Fíat 525, motor Fiat 8035-02-304-967716.-
Lote 15: Motoniveladora John Deer, modelo 570, motor
E570001287U.-
Lote 16: Aplanadora Zetermeyer motor Deuz 43/72-533/34.-
Lote 17: Topadora Fíat, MODELO A-D18m-180, MOTOR Fíat Nro.
0000304t M/F (Sin base).-
Lote 18: Lote de rezagos varios de bienes inventariables.-
Lote 19: Lote de rezagos varios de bienes no inventariables.-

Artículo 2° - La venta de los lotes de automóviles y máquinas --
------------- viales se efectuará en el galpón de rezagos de 4
de Abril y Arana del día y hora que fije oportunamente el
Departamento Ejecutivo hasta finalizar, mientras que la
exhibición de los bienes se realizará en dicho inmueble y en la
en la sede de la Dirección de Vialidad, sita en Brasil y Fleming
-

Artículo 3° - Desígnase como Martilleros actuantes y tasadores -
------------- oficiales de los bienes, a los martilleros
públicos Ricardo GONZµLEZ NOGUS Héctor GARCÖA, Salvador G.
ZANGARI, Abel CARBONE, Adolfo César BERENGENO, Osvaldo Luis
TERNI, Roberto Julio SILVA, M. Celia SµNCHEZ, Florentino
IZUZQUIZA, Sara V.C. de ERRASTI, Carlos SALVOCH y Mario
Francisco IRIANI, oportunamente propuestos por el Centro de
Martilleros de Tandil, los que cobrarán por su actuación
profesional el DIEZ  por ciento (10%) del precio de venta de
cada bien, más IVA sobre la comisión en caso que correspondiese,
pagaderos por el comprador.-

Artículo 4° - Efectúese por los profesionales mencionados en el
------------- artículo anterior la tasación de los bienes
afectados a la subasta pública, los que serán depositados en los
lugares que designe la Dirección de Patrimonio, una vez
entregados por las distintas áreas. Para el caso de los bienes
muebles comprendidos en los lotes 18 y 19, en el caso que
hubiera, esta repartición podrá disponer la conformación de
lotes de venta distintos a los consignados en el artículo 1°, de
acuerdo a las necesidades de la subasta, los que deberán estar
perfectamente individualizados y tasados antes del plazo de
exhibición previsto en el artículo 5°.

Artículo 5° - La exhibición de los lotes se realizará en los ---
------------- lugares designados en el artículo segundo dentro
de los cuatro días anteriores a la fecha del remate en el
horario de 9 a 12  y/o donde fije la Dirección de Patrimonio.
Las consultas se evacuarán en esa repartición en el mismo plazo
y horario fijados.-

Artículo 6° - No se aceptarán ofertas en comisión efectuadas por
------------- compradores que actúen en tal carácter, excepto en
el caso en que lo aclare en el acto de la subasta, facilitando
la identidad de su mandante. Asimismo, el oferente que
transfiera su contrato sin el consentimiento previo de la
Municipalidad de Tandil perderá la seña y comisión abonadas

Artículo 7° - Los bienes muebles registrables (vehículos -------
------------- automotores) y las máquinas viales saldrán a la
venta con una base de las DOS TERCERAS (2/3) partes de la
tasación, debiendo el comprador abonar una seña en efectivo del
TREINTA Y CINCO por ciento (35%) del precio de venta, además del
pago de la comisión prevista en el artículo 3°, mientras que el
saldo de precio será abonado en Tesorería Municipal dentro de
los CINCO (5) días de aprobada la subasta, a la que quedará
sujeta la venta. La notificación del acto administrativo
aprobatorio se notificará por escrito al comprador, para lo que
éste deberá fijar domicilio legal en la ciudad de Tandil en el
acto del remate. En caso de no hacerse efectivo el pago del
saldo de precio en el plazo fijado, se tendrá como perdida la
seña entregada, la comisión y los derechos sobre el bien
subastado.-

Artículo 8° - Los bienes muebles no registrables (rezagos) serán
------------- vendidos de  contado en el momento de la subasta,
sin base y al mejor postor.-

Artículo 9° - El retiro de los bienes subastados del lugar en el
------------- que se encuentren correrá por cuenta y riesgo de
los compradores, debiendo hacerlo dentro de los TRES (3) días
hábiles posteriores al remate, para el caso de los bienes no
registrables, y del pago del saldo de precio, en el caso de los
bienes registrables y máquinas viales. Deberá concurrir munido
de su documento de identidad y de la orden de entrega extendida
por personal de la Dirección de Patrimonio, el que hará firmar
también las actas de entrega respectivas. Si vencido dicho plazo
los adquirentes no retiraran los elementos adjudicados, abonarán
un almacenaje del TRES POR CIENTO (3%) sobre la venta y por día
corrido, perdiendo todo derecho sobre lo adquirido cuando el
importe total del almacenaje iguale al de la venta, perdiendo la
seña en el caso que corresponda.-

Artículo 10° - Los gastos que originen los elementos por -------
-------------- cualquier concepto  desde la fecha de toma de
posesión por los compradores, estarán a cargo de estos. La
Municipalidad de Tandil no será responsable por los deterioros
que se produzcan a partir de la fecha de remate.-

Artículo 11°.- Los automotores que requieran transferencia de --
-------------- dominio serán  entregados con toda la
documentación al día y los formularios "08" rubricados por el
representante legal de la Municipalidad a nombre del adquirente
de la subasta pública, una vez pagado el saldo de precio,
debiendo realizar este el trámite de transferencia ante el
Registro de la Propiedad Automotor por cuenta y riesgo del
comprador. Por la Dirección de Patrimonio se procederá a
efectuar la pertinente denuncia de venta de cada uno de los
automotores enajenados.-

Artículo 12° -  Efectúense por la Dirección de Prensa ----------
-------------- publicaciones por 3 días consecutivos en un
diario local, y por 2 días en el Boletín Oficial de la Provincia
de Buenos Aires, con una antelación no menor a los 15 (quince)
días hábiles anteriores al de la subasta, sin perjuicio de las
publicidades adicional, escritas, radiales y/o televisivas, que
la misma considere conveniente realizar a los fines
promocionales de la presente subasta. La publicación obligatoria
deberá consignar la parte normativa del presente decreto que se
tendrá como pliego de bases y condiciones de la presente
subasta, con excepción de los artículos 16° y 17°.-

Artículo 13° Dentro de los TRES (3) días hábiles posteriores al
------------ de la subasta, los martilleros públicos designados
deberán presentar por ante la Dirección de Patrimonio: A) las
liquidaciones de las ventas realizadas, diferenciando las
efectuadas según los criterios sustentados en los artículos 7° y
8° del presente decreto, B) el detalle de los lotes vendidos y
los no vendidos, C) todas las novedades atinentes a su función
D) copia de los recibos que acrediten el depósito de los montos
que se detallan en el artículo siguiente.-

Artículo 14°:  Dentro del día posterior hábil al de la subasta,
------------- los martilleros públicos designados deberán
depositar por ante la Tesorería Municipal las sumas recaudadas.-

Artículo 15° - Autorízase al Centro de Martilleros de Tandil a -
-------------- realizar la venta directa de los lotes que
resultaren remanentes por falta de ofertas del remate previsto
por la presente ordenanza en un todo de acuerdo con lo previsto
en el artículo 159 inc. 3, apartado "c" de la Ley Orgánica de
las Municipalidades, pudiendo cobrar la comisión por su labor
profesional, solamente de los compradores.-

Artículo 16°: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese -
------------- al Departamento  Ejecutivo.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
TANDIL A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL
UNO.-


Registrada bajo el N° 8508.-

Asunto N° 894/01.-