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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL
SANCIONA CON FUERZA DE


                ORDENANZA


Artículo  1°:Créase el Circuito denominado SUR.

Artículo  2°: Realícese la apertura de un sendero que -----
------------ unifique la calle Mahatma Gandhi a partir de
Luther King con la calle E.B.R. Frers de Villa del Lago,
denomínase al mismo "Sendero de los Picapedreros".

Artículo  3°: Confórmese el Circuito Sur a partir del -----
------------- encuentro del Sendero de los Picapedreros en
la calle E.B.R. Frers continuando por calle J.G. Almada
hasta Ricardo Zarini, por esta hasta su encuentro con la
calle Lopez Osornio y por esta hasta Cristian Mathiasen
hasta su encuentro con Mahatma Gandhi.

Artículo 4°: El sendero deberá contar con una traza -------
-------------aproximada de 2 metros y su conformación se
desarrollará sobre los laterales sur y este de las parcelas
2b, 2c, 2d, 2e todas de las chacras 140, CIRC I, SECC. E,
FRACC tercera, en su trazado se tendrán en cuenta las
irregularidades del terreno, desviando la traza cuando el
suelo rocoso impida desarrollar el sendero en línea recta.

Artículo  5°: Prohíbase la circulación de vehículos con ---
------------- motores a explosión de todo tipo, en todo el
trayecto del "Sendero de los Picapedreros", con la sola
excepción de los dos frentistas en cuyas parcelas se lleve
a cabo la apertura del sendero.

Artículo  6°: Bloquéese en ambos extremos del sendero el --
------------- paso de vehículos, mediante una tranquera
cuyo uso les corresponderá a los frentistas descriptos en
el artículo 5° quienes garantizaron además el acceso
inmediato a las fuerzas de seguridad o cuerpo de bomberos
en casos de incendio. Quedará habilitado un acceso público
al sendero a continuación de la tranquera de 1 mt. de
traza.

Artículo  7°: Colóquense portadas en los encuentros del ---
------------- sendero de los Picapedreros con la calle
Luther King y Sendero de los Picapedreros con la calle
E.B.R. Frers y Dr. B. Houssay. Identifíquense las
prohibiciones de la circulación vehicular por el lugar
según lo descripto en el artículo 6.

Artículo  8°: Compénsanse con los propietarios de ---------
------------- fracciones descriptas en el artículo 4°, las
variaciones de las superficies destinada a calle, con las
superficies netas que se obtengan del computo final de la
traza del sendero. Solícitase al Banco de la Provincia de
Buenos Aires la respectiva tasación.

Artículo 9°: Destínanse los fondos que surjan del artículo
------------ 8° de la presente Ordenanza y los recursos
provenientes de la venta de calles internas desafectadas al
uso público que se tramiten según Expte 851/99.

Artículo 10°: Declárase la superficie interior comprendida
-------------- en el circuito SUR como área complementaria
y zona de uso específico de esparcimiento ocioso y activo,
con excepción de las manzanas a, d, i, r, s, t, u, w, y, z,
todas de la chacra 140, sección E.

Artículo 11°:El factor de ocupación y la subdivisión del --
------------- suelo será de acuerdo con indicadores que
determine la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas a
través de la Dirección de Ordenamiento Territorial en
concordancia con lo establecido por el Dto. Ley 8912/77, y
Dto. Ley 10128/83.

Artículo 12°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ------
------------- solicitar la aprobación del área descripta en
el artículo 10° de la presente Ordenanza ante el Superior
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, según artículo 19
del Dto. Ley 8912 y sus modificatorias.

Artículo 13°: Los gastos que demande la implementación de -
------------- la presente, serán imputados de las Partidas
correspondientes del Presupuesto de Gastos, hasta tanto se
hagan efectivo  los fondos establecidos por los Artículos
8° y 9° de la presente.-

Artículo 14°: Regístrese, dése al Libro de Actas y --------
------------- comuníquese al Departamento Ejecutivo.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE TANDIL A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DE
DOS MIL TRES.-

Registrada bajo el N°: 8882.-
Asunto N° 80/01.-